Son numerosas las normativas a cumplir en el caso de vender o alquilar una casa, al igual que cuando se compra o se arrenda una vivienda. Desde junio de 2013, la legislación española establece que todas las las viviendas en venta o en alquiler deben disponer de un certificado de eficiencia energética. Un instrumento que garantiza un compromiso demandado desde la UE y que, de no contar con él, pueden suponer penas que oscilan entre los 300 y los 6.000 euros. De ahí su importancia.
El Certificado Energético tiene como objetivo especificar el nivel de emisiones de CO2 medido según las dimensiones de la casa o edificio en cuestión. Se calcula mediante la medición de la energía consumida en condiciones de ocupación. De este modo, se mide la ventilación, refrigeración, el agua caliente, la iluminación así como el sistema de calefacción de la casa.
Es obligatorio para:
Todos los inmuebles que estén disponibles en alquiler o venta deben contar con el certificado energético. En el caso de las viviendas alquiladas, es obligatorio para todas a excepción de las que se arrenden por un periodo inferior o igual a los cuatro meses. Del mismo modo, no necesitan certificado lugares de culto o edificios históricos, así como los edificios agrícolas o industriales.
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En el caso de los edificios de nueva construcción, es importante conocer que todos deben de poseer el certificado. Asimismo, el comprador de una casa debe de reclamarlo cuando la vivienda haya sufrido algún tipo de reforma o rehabilitación siempre que el inmueble tenga una superficie útil de 1.000 metros cuadrados.
A la hora de comprar una casa hay que reclamar el certificado. El propietario se encuentra obligado a poner a disposición del comprador del título justo en el momento en el que se firma la compra.