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El alquiler copa este año un papel protagonista en la Campaña de la Renta 2016. De ser el eterno olvidado, este año la campaña de la Hacienda Pública incluye novedades que todo inquilino y arrendatario deben conocer antes de presentar sus cuentas. Ya saben, tienen de plazo hasta el 30 de junio, así que mejor revisar todas las bases deducibles.

A la hora de hacer la declaración, bien sea por cuenta propia o mediante las manos de un gestor, es necesario conocer las variables que se han introducido para este año. Una de las más importantes, y no poco controvertida, es la que delimita los beneficios fiscales aplicables dependiendo de la comunidad en que se viva.

A la hora de rendir cuentas con Hacienda, todo ciudadano debe conocer que los propietarios de viviendas alquiladas pueden deducirse el 60 por ciento de los rendimientos ligados al alquiler. Es decir, el resultado que queda después de restar los ingresos de todos los gastos deducibles entre los que se encuentran los impuestos, las facturas, etc.

En cuanto a la figura del arrendatario, éstos deben saber que las deducciones dependerán de la región en que resida. En el caso de Castilla y León, la base de deducción es del 15 por ciento con un límite de 459 euros. Más deducción existe en los núcleos rurales donde la base es del 20 por ciento y el montante máximo es de 612 euros. Para poder optar a las deducciones no se pueden superar los 36 años ni los 19.000 euros al año.

En este enlace está toda la información relativa a Castilla y León: 

https://www.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284179173700/_/_/_

 

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